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    Glosario de Contratación Pública

    Acuerdo Marco

    Instrumento de contratación que establece las condiciones generales para futuros contratos entre un organismo público y varios proveedores preseleccionados, durante un periodo determinado (máximo 4 años).

    El acuerdo marco es un instrumento que permite a la Administración preseleccionar proveedores para un tipo de servicio o suministro recurrente. Una vez adjudicado, los contratos individuales (contratos basados) se adjudican de forma ágil entre los proveedores incluidos en el acuerdo, sin necesidad de un nuevo procedimiento de licitación completo.

    Cómo funciona

    Fase 1: el organismo licita el acuerdo marco con un procedimiento abierto o restringido, seleccionando varios proveedores (generalmente 3-10). Fase 2: cuando surge una necesidad concreta, se realiza un "mini concurso" entre los proveedores del acuerdo o se adjudica directamente si las condiciones están completamente definidas en el acuerdo.

    Ventajas para licitadores

    Entrar en un acuerdo marco supone: acceso garantizado a contratos recurrentes durante varios años, menor competencia (solo compites con los proveedores del acuerdo), proceso de adjudicación simplificado para cada contrato basado, y una relación estable con la Administración.

    Diferencia con un contrato normal

    El acuerdo marco no es un contrato en sí mismo: no obliga a la Administración a adquirir un volumen mínimo. Es un "catálogo de proveedores homologados" del que se extraen contratos individuales. Los contratos basados sí son contratos vinculantes con precio, plazo y condiciones concretas.

    Referencias Legales

    Art. 219-222 LCSP

    Acuerdos marco y contratos basados.

    Preguntas Frecuentes

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