Garantías en Licitaciones: Provisional, Definitiva y Complementaria
Todo sobre las garantías en contratación pública: tipos, importes, formas de constitución y errores que cuestan dinero.
Ricardo Solano
Índice
1. Tipos de garantías en licitaciones
La LCSP contempla tres tipos de garantías en contratación pública, cada una con un propósito diferente:
Garantía Provisional
Hasta 3%
del PBL
Asegura la seriedad de la oferta. Opcional (el pliego decide si se exige).
Garantía Definitiva
5%
del importe adjudicación
Obligatoria. Garantiza el cumplimiento del contrato.
Garantía Complementaria
Hasta 5%
adicional
Excepcional. Se exige en contratos de riesgo especial.
2. Garantía provisional en detalle
La garantía provisional no es obligatoria por defecto. Solo se exige cuando el pliego lo establece expresamente y el órgano de contratación justifica su necesidad. Su importe máximo es el 3% del presupuesto base de licitación.
Su función es garantizar que el licitador mantiene su oferta durante el plazo establecido y que, si resulta adjudicatario, cumplirá con la constitución de la garantía definitiva y la formalización del contrato.
⚠️ Atención
Si retiras tu oferta sin justificación antes de la adjudicación, perderás la garantía provisional. Asegúrate de que tu oferta es firme antes de presentarla.
3. Garantía definitiva
La garantía definitiva es siempre obligatoria (salvo en contratos menores y algunos supuestos excepcionales). Su importe es el 5% del importe de adjudicación (IVA excluido).
Debe constituirse en el plazo de 10 días hábiles desde la notificación de la adjudicación. Si no la constituyes en plazo, pierdes la adjudicación y la garantía provisional (si la hubiera).
La garantía definitiva cubre:
Penalizaciones por incumplimiento del contrato
Daños y perjuicios causados a la administración
Incumplimiento de la obligación de formalizar el contrato
Resolución del contrato por causa imputable al contratista
4. Garantía complementaria
La garantía complementaria es excepcional y solo puede exigirse cuando el pliego lo prevea expresamente y se justifique por el riesgo especial del contrato. Su importe puede llegar al 5% adicional del precio del contrato.
Se utiliza principalmente en contratos de obras de gran envergadura, contratos con riesgos tecnológicos significativos o contratos donde el incumplimiento podría causar daños graves al interés público.
5. Formas de constituir garantías
Aval bancario
La forma más habitual. Tu banco emite un aval a favor de la administración. Coste: 0,5%-2% anual del importe avalado.
Seguro de caución
Una aseguradora garantiza el cumplimiento. Coste: 0,5%-1,5% del importe. No consume línea de crédito bancaria.
Depósito en efectivo
Ingreso directo en la Caja General de Depósitos (estatal) o en las cajas autonómicas. Sin coste pero inmoviliza liquidez.
Valores de deuda pública
Depósito de títulos de deuda pública por el valor nominal equivalente. Poco utilizado en la práctica.
6. Devolución de garantías
💡 Consejo práctico
Si la administración no devuelve tu garantía en plazo, puedes reclamarla formalmente. Muchas empresas olvidan solicitar la devolución y mantienen avales bancarios innecesariamente, pagando comisiones durante años.
7. Preguntas frecuentes
¿Qué es la garantía provisional en licitaciones?
La garantía provisional es un depósito que la empresa licitadora debe constituir para participar en determinadas licitaciones. Su importe no puede superar el 3% del presupuesto base de licitación. Garantiza la seriedad de la oferta y se devuelve tras la adjudicación.
¿Cuánto es la garantía definitiva?
La garantía definitiva es obligatoria y equivale al 5% del importe de adjudicación (IVA excluido). Debe constituirla el adjudicatario antes de la formalización del contrato. Se devuelve tras la finalización del contrato y el periodo de garantía.
¿Cómo se constituye una garantía?
Las garantías pueden constituirse en efectivo (depósito en la Caja General de Depósitos), mediante aval bancario, por seguro de caución o mediante retención en el precio. La forma más habitual es el aval bancario.
¿Cuándo se devuelve la garantía definitiva?
La garantía definitiva se devuelve tras la finalización del contrato, una vez aprobada la liquidación y transcurrido el plazo de garantía establecido en el pliego (habitualmente 1 año). El plazo de devolución es de 2 meses desde la aprobación de la liquidación.